La Presidencia de la República remitió al Congreso Nacional un proyecto de ley para la modificación del artículo 3 de la Ley 137-03, sobre tráfico ilícito de migrantes y trata de personas, del 7 de agosto de 2003.
La reforma propuesta procura, exclusivamente, “fortalecer la capacidad del Estado para proteger a niños, niñas o adolescentes que sean víctimas de esta bochornosa práctica”.
El artículo 3 de la referida Ley establece que “se considera pasible del delito de trata de personas el que mediante la captación, el transporte, el traslado, la acogida o receptación de personas, niños, adolescentes, mujeres, recurriendo a la amenaza, fuerza, coacción, rapto, fraude, engaño, abuso de poder, situaciones de vulnerabilidad, concesión o receptación de pagos o beneficios, para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, para que ejerza la mendicidad, cualquier clase de explotación sexual, pornografía, trabajo o servicio forzado, servidumbre por deudas, matrimonio servil, adopción irregular, esclavitud o sus prácticas análogas, la servidumbre o la extracción de órganos, aun con el consentimiento de la persona víctima, y será condenado a las penas de 15 a 20 años de reclusión y multa de 175 salarios mínimos.
La modificación realizada por el Poder Ejecutivo establece que “el consentimiento dado por la víctima a cualquier forma de explotación definida en este artículo no constituirá causal de exoneración de este delito. Las penas serán de 15 a 20 años de reclusión y multa de 175 salarios mínimos.
Además, se le agrega un párrafo que establece “cuando el delito de trata de personas se cometa en perjuicio de niño, niña o adolescente, no será necesario para su configuración que concurran ninguno de los medios enunciados, esto es, el empleo de engaño, rapto, uso de la fuerza, coacción, coerción, amenaza, abuso de poder, abuso de condiciones de vulnerabilidad, concesión o receptación de pagos para recibir el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra.”
“Como expresa el breve proyecto en sus motivaciones, el Estado dominicano impulsa estas mejoras en el marco de su compromiso constitucional y convencional de luchar contra una práctica tan denigrante e inhumana como la trata de personas, delito que lesiona derechos como la dignidad, igualdad, seguridad, integridad física y psíquica, libertad y libre desarrollo de la personalidad de toda persona víctima de esta”, explica el comunicado de prensa enviado a los medios de comunicación.
El comunicado reseña que las diferentes instituciones del Estado se mantienen trabajando en una “eventual” revisión integral de la referida ley. El Gobierno indicó que actualmente se encuentran en un proceso de “diálogo plural” en búsqueda de un “consenso social, académico y político”.
“Como se afirma en la propuesta, el gobierno no hace más que reconocer que es deber del Estado fortalecer las medidas legales, administrativas, jurisdiccionales, educativas, sociales, culturales o de otro tipo que se requieran, para que los actores integrales, en el marco de sus competencias, dispongan de acciones y procesos tendientes a garantizar y optimizar sus respuestas frente a este flagelo, asegurando mayores garantías en el derecho interno y en cumplimiento con los estándares internacionales”, agrega el documento de prensa.
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